Todo país que brinda importancia a la Propiedad Intelectual posee una institución que protege estos tipos de derechos y el Perú en este caso no es la excepción, Perú posee una institución denominada Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y la Protección de la Propiedad Intelectual o conocida comunmente como INDECOPI, cuyo objetivo primordial es velar por la leal y honesta competencia en el Perú.

¿Qué es INDECOPI?

Es el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) es un Organismo Público Especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno.

En consecuencia, goza de autonomía funcional, técnica, económica, presupuestal y administrativa (Decreto Legislativo No 1033). Fue creado en noviembre de 1992, mediante el Decreto Ley N° 25868.

Funciones de INDECOPI

Tiene como funciones la promoción del mercado y la protección de los derechos de los consumidores. Además, fomenta en la economía  peruana una cultura de leal y honesta competencia, resguardando todas las formas de propiedad intelectual: desde los signos distintivos y los derechos de autor hasta las patentes y la biotecnología.

Como resultado de su labor en la promoción de las normas de leal y honesta competencia entre los agentes de la economía peruana, el INDECOPI es concebido en la actualidad, como una entidad de servicios con marcada preocupación por impulsar una cultura de calidad para lograr la plena satisfacción de sus clientes: la ciudadanía, el empresariado y el Estado.

Misión y Visión de INDECOPI

1. Misión Institucional

Defender, promover y fortalecer la competencia en los mercados, la creatividad e innovación y el equilibrio en las relaciones de consumo. en favor del bienestar de la ciudadanía, de forma transparente, sólida, predecible y en armonía con la libertad empresarial.

2. Visión Institucional

Garantizar el bienestar de la ciudadanía en el mercado, ejerciendo el rol de la autoridad de manera confiable, sólida y transparente.

Estructura Organizacional

La estructura organizativa del INDECOPI busca presentar un mensaje uniforme de promoción de la leal y honesta competencia en el mercado, respetando la autonomía funcional de los órganos encargados de aplicar las normas específicas.

De esta forma, es posible distinguir los siguientes estamentos: el Consejo Directivo, los Órganos Funcionales, Económicos y la Administración.

1. Consejo Directivo

El Consejo Directivo es el órgano máximo de la administración. Es conducido por el Presidente, quien ejerce la representación institucional del INDECOPI. Su labor es establecer las políticas generales, administrar la imagen de la institución y liderar la labor de difusión y comunicación.

Este órgano cuenta con el apoyo de un Consejo Consultivo integrado por destacados y prestigiosos miembros de los diversos sectores del ámbito público y privado vinculados con el rol del INDECOPI.

Los resultados de esta permanente labor, constituyen los insumos para el trabajo diario de las Comisiones, Direcciones y Salas del Tribunal del INDECOPI y permiten elaborar la agenda de temas de política institucional.

2. Órganos Funcionales

Promueven las normas que permiten el correcto desenvolvimiento de los agentes económicos en el mercado, garantizando que su actuación se oriente hacia el respeto de los derechos de los consumidores, las normas de la leal y honesta competencia y  todas las formas de propiedad intelectual. Conoce más: Propiedad Intelectual.

3. Administración


La función administrativa es desarrollada directamente por una Secretaría General y las demás Gerencias. El diseño institucional cuida, sin embargo, de preservar la autonomía de los órganos funcionales respecto de la Administración. Esta concepción refuerza significativamente el carácter técnico y autónomo de las decisiones que se adoptan.

Comisiones de INDECOPI

1. Comisión de Defensa de la Libre Competencia (CLC)

Se encarga de velar por el cumplimiento del Decreto Legislativo N° 1034, Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas, y de la Ley N° 26876, Ley Antimonopolio y Antioligopolio del Sector Eléctrico, con competencia exclusiva.

2. Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB)

Vela por la eliminación de los actos y las disposiciones de la Administración Pública que constituyan barreras burocráticas que obstaculicen o impidan irracionalmente el acceso o la permanencia de los agentes económicos en el mercado y; contribuye a la simplificación administrativa mediante el control posterior de las normas y disposiciones a favor de los ciudadanos.

3. Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales No Arancelarias (CDB)

Vigila el cumplimiento de las normas destinadas a evitar y corregir las distorsiones de la competencia generadas por importaciones de productos a precio dumping o subsidiados, conforme a lo dispuesto en los  Acuerdos de la Organización Mundial de Comercio (OMC), el Decreto Supremo Nº 006-2003-PCM y  el Decreto Supremo N° 133-91-EF.

4. Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal (CCD)

Se encarga de velar por el cumplimiento de las normas que reprimen la competencia desleal entre los agentes económicos que concurren en el mercado, siendo el órgano facultado para la aplicación del Decreto Legislativo Nº 1044 (Ley de Represión de la Competencia Desleal), el cual prohíbe y sanciona los actos de competencia desleal, así como las infracciones a las normas que regulan la publicidad comercial. Asimismo, la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal es el único organismo del Estado con facultades para evaluar la legalidad de un anuncio publicitario e imponer sanciones en esta materia.

5. Comisión de Procedimientos Concursales (CCO)

Se responsabiliza de la tramitación de los procedimientos a través de los cuales se busca generar un ambiente adecuado para que se realice una negociación entre los acreedores y el deudor común a todos ellos, sometida a concurso. El objetivo de este proceso es alcanzar soluciones eficientes para que los primeros puedan recuperar sus obligaciones.

6. Comisión de Protección al Consumidor (CPC)

Tiene como función tutelar el cumplimiento de la Ley de Protección al Consumidor y de las leyes que, en general, protegen a los consumidores de la falta de idoneidad de los bienes y servicios, de las deficiencias o falta de información y de la discriminación en el consumo, así como de aquellas normas que complementen o sustituyan dichas disposiciones, salvo en aquellos casos en los que su competencia sea negada por norma expresa con rango de Ley.

Portal Web INDECOPI: http://www.indecopi.gob.pe/  
Sede Central INDECOPI: Calle de la Prosa 104, San Borja, Lima.
Actualizado 2019