En el Perú, los emprendedores se apoyan del factor sociocultural para crear y crecer, pero por otro lado la carencia de programas de fomento por parte del gobierno, ponen una barrera para alcanzar el éxito dentro de una formalización plena.

A raíz de ello, en los últimos años el Estado ha tratado de facilitar, agilizar y abaratar los procesos de formalización, tal es el caso de las políticas que ha tomado una de sus instituciones, la SUNAT (Superintendencia Nacional de Administración Tributaria), para promover la formalización y la continua tributación de las empresas en el país.


Tal es así, que en el marco del proceso de formalización, los empresarios deben obtener el RUC (Registro Único del Contribuyente) y a la vez deberán establecer a qué régimen tributario desean acogerse en “base a sus ingresos”:
  1. Régimen Único Simplificado (RUS).
  2. Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER).
  3. Régimen General del Impuesto a la Renta.
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1. RUS - Régimen Único Simplificado

El Régimen Único Simplificado ha sido lanzado al mercado para facilitar y propiciar el aporte de pequeños empresarios al fisco en concordancia con su capacidad contributiva.

Requisitos:

El ingreso bruto anual no debe superar los 360 000 nuevos soles, así como también,  el monto anual de las compras no será mayor a los 360 000 nuevos soles.

A este régimen se pueden acoger:
  • Las personas naturales y sucesiones indivisas, que solo obtengan rentas de Tercera Categoría por realizar actividades empresariales. Ejemplo de ello tenemos a las librerías, bodegas, panaderías.
  • Las personas naturales no profesionales, domiciliadas en el país, que reciban rentas de cuarta categoría, pero, provenientes de actividades de oficios. Aquí encontramos, entre otros, a los electricistas, gasfiteros.
Tengamos en cuenta: Que las  personas naturales con negocio son personas físicas e individuales con capacidad  para adquirir derechos y contraer obligaciones, y que desarrollan actividades empresariales a título personal.
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Condiciones a tomar en cuenta:
  • Las actividades que se realicen  deben ser llevadas a cabo en un sólo establecimiento.
  • El monto de los ingresos brutos mensuales no deben superar los 30 000 nuevos soles.
  • El valor de los activos fijos (maquinarias, equipos, instalaciones, excepto el valor del predio y el de los vehículos) afectados a la actividad no deben ser mayor a los 70 000 nuevos soles.
  • Las adquisiciones y compras no deben superar los 30 000 nuevos soles mensuales.
No pueden acogerse al RUS:
  • Aquellos que brinden el servicio de transporte de carga de mercancías, y  que tengan una capacidad de carga mayor o igual a 2 toneladas métricas.
  • Empresas que se dediquen al transporte terrestre de pasajeros en territorio nacional o internacional.
  • Entidades que realicen cualquier tipo de espectáculo público.
  • Notarios, comisionistas, martilleros, agentes corredores de bolsa, de aduana y los intermediarios de seguros.
  • Aquellos que sean titulares de negocios de casinos, máquinas tragamonedas y similares.
  • Empresas que realicen ventas de inmuebles.
  • Organizaciones que realicen alguna de las operaciones gravadas con el Impuesto Selectivo al Consumo.
  • Podemos añadir también los que entreguen bienes en consignación.
Beneficios:
  • No tienen obligación de llevar libros contables.
  • No deben declarar ni pagar: Impuesto a la Renta, IGV ni Impuesto de Promoción Municipal.
  • Accesibilidad al Sistema SOL.
Comprobantes de Pago:

Las empresas bajo este régimen solo pueden emitir: Boletas de venta o tickets (o cintas de máquinas registradoras), estando impedidas de emitir facturas.
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Cuotas Mensuales según la Categoría:

Dentro del RUS encontramos 5 categorías, y dependerá de los ingresos y adquisiciones, pertenecer a una en específico; veamos el pago que se debe hacer en cada una de ellas:

1. Primera Categoría, a esta categoría le corresponde pagar 20 nuevos soles mensuales, si sus ingresos brutos por mes, no son mayores a los 5000 nuevos soles y el total de sus adquisiciones, también no supere los 5000 nuevos soles.

2. Segunda Categoría, la cuota mensual es de 50 nuevos soles, siendo sus ingresos brutos y sus adquisiciones, no mayores a los 8000 nuevos soles cada uno.

3. Tercera Categoría, el pago será de 200 nuevos soles, solo si sus ingresos brutos y sus adquisiciones, no sean  mayores a los 13 000 nuevos soles cada uno.

4. Cuarta Categoría, la cuota mensual es de 400 nuevos soles, siendo sus ingresos brutos y sus adquisiciones, no mayores a los 20000 nuevos soles cada uno.

5. Quinta Categoría, en esta última categoría encontramos a las empresas cuyos ingresos y adquisiciones, no superan los 60 000 nuevos soles cada uno, teniendo que pagar 600 nuevos soles por mes.

Centros de Pago:

Los respectivos pagos se realizan en los siguientes bancos autorizados:
  • Banco de la Nación.
  • Interbank.
  • Banco de Crédito (BCP).
  • Banco Continental (BBVA).
  • Scotiabank.
Al momento de hacer el pago, se debe brindar los siguientes datos al personal del banco:
  • RUC.
  • Período tributario.
  • Total de ingresos brutos al mes.
  • Categoría a la que pertenece dentro del RUS.
  • Importe a pagar a la SUNAT, según la categoría.
Si aún no has realizado los tramites de obtención del RUC, te invitamos a examinar tu negocio, para poder elegir el régimen correcto y acorde a tus ingresos, y así beneficiarte de las facilidades que el Estado y el mercado te proporcionan.

Nos encontramos en nuestra próxima publicación, en la cual trataremos sobre el segundo régimen, el RER.
Hasta pronto!