Entender que es un tributo y que tipo de tributo está pagando ayuda al ciudadano a entender el motivo de por qué el estado lo está cobrando y cuánto deberá pagar por el mismo. La ley en diferentes países establece la vigencia de los tributos cuya administración corresponde al Gobierno Central, los Gobiernos Locales y algunas entidades que los administran para fines específicos. Ahora conozcamos más a detalle ¿qué es un Tributo?

¿Qué son los tributos?

El tributo es una prestación de dinero que el Estado exige en el ejercicio de su poder de imperio sobre la base de la capacidad contributiva en virtud de una ley, y para cubrir los gastos que le demande el cumplimiento de sus fines.
Impuesto, Contribución, Tasa

El tributo es como un tipo de aportación que todos los ciudadanos deben pagar al Estado para que este los redistribuye de manera equitativa o de acuerdo a las necesidades del momento.

Tipos de Tributo

El término tributo comprende de tres tipos: impuestos, contribuciones y tasas.

Impuesto

El impuesto es el tributo cuyo pago no origina por parte del Estado una contraprestación directa en favor del contribuyente (no hay beneficio directo). Los Impuestos son los tributos exigidos sin contraprestación cuyo hecho imponible está constituido por negocios, actos o hechos que ponen de manifiesto la capacidad económica del contribuyente.

Tipos de impuestos
Directo: Son aquellos que gravan sobre la riqueza de las personas (Por ejemplo: IR).
Indirecto: Son aquellos que gravan el consumo (por ejemplo: IVA).

• Obligatorios: Son el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, el Impuesto sobre Actividades Económicas y el Impuesto sobre Vehículos.
• Potestativo: Son el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.

Contribución

La contribución es el tributo donde las Entidades Locales pueden establecer y exigir contribuciones especiales por la realización de obras o por el establecimiento o ampliación de servicios públicos de carácter local que reporten al sujeto pasivo un beneficio o un aumento del valor de sus bienes.

La Contribución se trata de tributos que se hacen porque se ha recibido una contraprestación, siendo ésta la mayor diferencia que hay con los impuestos. Asimismo, los ingresos recaudados han de dedicarse a sufragar los gastos de la obra o servicio que han hecho exigir la obra.

Tasa

Las tasas son los tributos cuyo hecho imponible consiste en la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público, la prestación de servicios o la realización de actividades en régimen de derecho público que se refieran, afecten o beneficien de modo particular al obligado tributario, cuando los servicios o actividades no sean de solicitud o recepción voluntaria para los obligados tributarios o no se presten o realicen por el sector privado.

Es decir, la tasa se paga como consecuencia de la prestación efectiva de un servicio público (beneficio directo), individualizado en el contribuyente, por parte del Estado. La tasa no es un impuesto, sino el pago que una persona realiza por la utilización de un servicio, por tanto, si el servicio no es utilizado, no existe la obligación de pagar. Por ejemplo los derechos arancelarios de los Registros Públicos.

Principales tributos en diferentes países

Tributos en México

Los principales tributos en México son:

• Impuesto sobre la Renta (ISR): Es un impuesto aplicado sobre los ingresos adquiridos, excepto sobre las herencias y las donaciones. Es un tipo de impuesto directo, ya que grava directamente las fuentes de riqueza. Los impuestos indirectos se encargan de gravar el consumo como el IVA y el IEPS. Mientras que el ISR es aplicado sobre personas físicas y sobre las personas morales y las residentes en el extranjero que perciban ingresos desde México.

• Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA): Este es un tipo de gravamen, siendo un impuesto indirecto, los contribuyentes no lo pagan directamente, siendo trasladado o cobrado mediante una tercera persona, hasta que alcanza al consumidor final.

• Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS): Este impuesto se aplica sobre la producción, venta o importación de gasolinas, bebidas alcohólicas, cerveza y tabaco. Siendo en este caso un impuesto cubierto por los fabricantes, productores o importadores de gasolina o diésel.  Existe la excepción sobre ciertos artículos a los que no se les aplica este impuesto especial, quedando a salvo las cadenas derivadas del trigo, maíz y otros cereales.

• Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE): Este impuesto es aplicado sobre los depósitos en efectivo realizados en cualquier banco sea público o privado, siendo por uno o por varios depósitos si el monto supera $15,000 mensuales. No pagan este impuesto por los depósitos mediante cheques o transferencias electrónicas.

• Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU): Se trata de la percepción efectiva de ingresos para las operaciones de enajenación de bienes, prestación de servicios independientes y por el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.

• Impuesto Sobre Automóviles Nuevos (ISAN): El impuesto ISAN, se encarga de establecer que no pagan impuestos los vehículos que funcionen con baterías eléctricas recargables, los vehículos eléctricos que posean motor de combustión interna o sea accionado por hidrógeno. Sea el impuesto que les toque pagar, cada uno significa cumplir con las obligaciones fiscales-tributarias, al pagar y declarar los impuestos al ser una obligación cívica que todos y cada uno de los ciudadanos y contribuyentes deben cumplir.

Tributos en Perú

Los principales tributos que administra la SUNAT son los siguientes:

• Impuesto General a las Ventas: Es el impuesto que se aplica en las operaciones de venta e importación de bienes, así como en la prestación de distintos servicios comerciales, en los contratos de construcción o en la primera venta de inmuebles.

• Impuesto a la Renta: Es aquél que se aplica a las rentas que provienen del capital, del trabajo o de la aplicación conjunta de ambos.

• Régimen Especial del Impuesto a la Renta: Es un régimen tributario dirigido a personas naturales y jurídicas, sucesiones indivisas y sociedades conyugales domiciliadas en el país que obtengan rentas de tercera categoría provenientes de las actividades de comercio y/o industria; y actividades de servicios.

• Nuevo Régimen Único Simplificado: Es un régimen simple que establece un pago único por el Impuesto a la Renta y el Impuesto General a las Ventas (incluyendo al Impuesto de Promoción Municipal). A él pueden acogerse únicamente las personas naturales o sucesiones indivisas, siempre que desarrollen actividades generadoras de rentas de tercera categoría (bodegas, ferreterías, bazares, puestos de mercado, etc.) y cumplan los requisitos y condiciones establecidas.

• Impuesto Selectivo al Consumo: Es el impuesto que se aplica sólo a la producción o importación de determinados productos como cigarrillos, licores, cervezas, gaseosas, combustibles, etc.

• Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional: Impuesto destinado a financiar las actividades y proyectos destinados a la promoción y desarrollo del turismo nacional.

• Impuesto Temporal a los Activos Netos: Impuesto aplicable a los generadores de renta de tercera categoría sujetos al régimen general del Impuesto a la Renta, sobre los Activos Netos al 31 de diciembre del año anterior. La obligación surge al 1 de enero de cada ejercicio y se paga desde el mes de abril de cada año.

• Impuesto a las Transacciones Financieras: El Impuesto grava algunas de las operaciones que se realizan a través de las empresas del Sistema Financiero.

• Impuesto Especial a la Minería: Es un impuesto que grava la utilidad operativa obtenida por los sujetos de la actividad minera proveniente de las ventas de los recursos minerales metálicos. Dicha ley establece que el impuesto será recaudado y administrado por la SUNAT.

• Derechos Arancelarios o Ad Valorem, son los derechos aplicados al valor de las mercancías que ingresan al país, contenidas en el arancel de aduanas.

• Regalías Mineras: Se trata de un concepto no tributario que grava las ventas de minerales metálicos y no metálicos. Ley de Regalías Mineras, autoriza a la SUNAT para que realice, todas las funciones asociadas al pago de la regalía minera.

• Gravamen Especial a la Minería: Conformado por los pagos provenientes de la explotación de recursos naturales no renovables y que aplica a los sujetos de la actividad minera que hayan suscrito convenios con el Estado. El gravamen resulta de aplicar sobre la utilidad operativa trimestral de los sujetos de la actividad minera, la tasa efectiva correspondiente según lo señalado en la norma. Dicha ley, faculta a la SUNAT a ejercer todas las funciones asociadas al pago del Gravamen.

Tributos en España

Algunos impuestos son a nivel estatal y otros, por el contrario, son competencia de las Comunidades Autónomas o Haciendas Locales, por tanto, aquellos que no son gestionados por el Estado, no siempre tendrán porqué coincidir.

• Impuesto sobre la Reta de las Personas Físicas (IRPF)
• Impuesto sobre Sociedades (IS)
• Impuesto sobre la Renta de No Residentes
• Impuesto sobre el Patrimonio
• Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
• Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
• Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentales (ITPAJD)
• Impuestos Especiales
• Impuesto sobre las Primas de Seguros
• Impuesto de Actividades Económicas (IAE)
• Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)
• Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)