La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) es un organismo público de la Administración General del Estado Español encargado de la gestión del sistema tributario y aduanero estatal, así como de los recursos de otras Administraciones y Entes Públicos, nacionales o de la Unión Europea, cuya gestión se le encomiende.

Como tal entidad de derecho público, cuenta con un régimen jurídico propio distinto al de la Administración General del Estado que le confiere cierta autonomía en materia presupuestaria y de gestión de personal.

CREACIÓN DE LA AEAT

La Agencia Tributaria, fue creada por el artículo 103 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre de 1990, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, se constituyó de manera efectiva el 1 de enero de 1992. Se configuró como una entidad de derecho público adscrita al entonces Ministerio de Economía y Hacienda a través de la antigua Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos.
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OBJETIVOS DE LA AEAT

La Agencia Tributaria tiene 2 objetivos:
  • Ayudar a las personas a cumplir su obligación de pagar los impuestos.
  • Evitar que haya personas que no cumplan con su obligación de pagar los impuestos.

MISIÓN DE LA AEAT

La Agencia Tributaria tiene como misión el fomento del cumplimiento por los ciudadanos de sus obligaciones fiscales. Para ello desarrolla dos líneas de actuación:

  • La prestación de servicios de información y asistencia al contribuyente para minimizar los costes indirectos asociados al cumplimiento de las obligaciones tributarias y, 
  • La detección y regularización de los incumplimientos tributarios mediante actuaciones de control.
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FUNCIONES DE LA AEAT

La Agencia Tributaria tiene encomendada la aplicación efectiva del sistema tributario estatal y aduanero, así como de aquellos recursos de otras Administraciones públicas nacionales o de la Unión Europea cuya gestión se le encomiende por ley o por convenio. Para la investigación, persecución y represión de los delitos contrabando y otros relacionados con el crimen organizado, el narcotráfico o el blanqueo de capitales cuenta con un cuerpo armado de carácter policial, el Servicio de Vigilancia Aduanera.

Por tanto, corresponde a la Agencia Tributaria aplicar el sistema tributario de tal forma que se cumpla el principio constitucional en virtud del cual todos han de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica. No obstante, no tiene competencias para la elaboración y aprobación de normas tributarias ni, en la vertiente del gasto público, para asignar los recursos públicos entre las diversas finalidades.
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La gestión integral del sistema tributario estatal y aduanero se materializa en un amplio conjunto de actividades, entre las que destacan:

  • La gestión, inspección y recaudación de tributos estatales excepto en el País Vasco y Navarra. (IRPF, IVA, Sociedades e Impuestos Especiales).
  • La realización de importantes funciones en relación con los ingresos de las Comunidades Autónomas y Ciudades Autónomas, tanto en lo que se refiere a la gestión del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, como a la recaudación de otros ingresos de dichas Comunidades, ya sea por disposición legal o mediante los correspondientes convenios de colaboración.
  • La recaudación de ingresos de la Unión Europea.
  • La gestión aduanera y represión del contrabando.
  • La recaudación en período voluntario de tasas del Sector Público Estatal.
  • La recaudación en vía ejecutiva de ingresos de derecho público de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella.
  • La colaboración en la persecución de determinados delitos (contra la Hacienda Pública y de contrabando).
Asimismo, otros órganos autonómicos y locales gestionan tributos propios y tributos cedidos.