La Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado es el órgano de línea encargado de diseñar, proponer, formular, conducir, implementar, analizar y evaluar las medidas de política para el desarrollo de los mercados financieros y previsional privado, conforme a las leyes de la materia, con el objetivo de promover la canalización eficiente de recursos financieros en el marco de la estabilidad financiera y contribuir a la ampliación de la cobertura y el funcionamiento eficiente de los sistemas privados de pensiones. Depende del Despacho Viceministerial de Economía del Peru.
1) Funciones de la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado
La Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado tiene las siguientes funciones:
a) Diseñar, proponer, conducir e implementar medidas de política, normas, planes y estrategias que promuevan el desarrollo de los mercados financieros y previsional privado;
b) Diseñar, proponer, conducir e implementar medidas de política orientadas a la ampliación de la cobertura y profundización de los mercados financieros y previsional privado;
c) Coordinar con los sectores correspondientes la formulación de medidas de política relacionadas a la calidad regulatoria y desarrollo de los mercados financieros y previsional privado, en concordancia con la política económica general del país;
d) Diseñar, proponer, conducir e implementar lineamientos de política de inclusión financiera, que contribuyan al desarrollo económico descentralizado, en el marco de la estabilidad financiera;
e) Participar en la formulación de la estrategia del sector en las negociaciones sobre comercio de servicios financieros en coordinación con las Direcciones Generales competentes del Ministerio y los organismos pertinentes;
f) Prestar asistencia técnica y promover el desarrollo de competencias en las entidades del sector público, en la aplicación de las normas, procedimientos y metodologías en las materias de mercados financieros y previsional privado; y,
g) Las demás funciones que le asigne el Viceministro de Economía o que le corresponda por norma legal expresa.
2) Estructura de la direccion general de mercados financieros y previsional privado
La Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado, para el cumplimiento de sus funciones, cuenta con las siguientes unidades orgánicas:
1. Dirección de Mercados Financieros
2. Dirección de Mercado Previsional Privado
3) Funciones de la Dirección de Mercados Financieros
La Dirección de Mercados Financieros tiene las siguientes funciones:
a) Formular, proponer, conducir y evaluar la política y el desempeño de los mercados financieros y de capitales, nacional e internacional, a nivel sectorial, regional y local;
b) Formular, proponer, conducir y evaluar las medidas que permitan introducir instrumentos y esquemas institucionales para mejorar el funcionamiento del sistema financiero y las facilidades de acceso a los servicios financieros;
c) Formular, proponer, conducir y evaluar las medidas de política que permitan mejorar la gestión de instrumentos financieros de los mercados financieros y de capitales, a fin de expandir las posibilidades de financiamiento externo e interno;
d) Formular, proponer, articular, conducir y evaluar medidas de política orientadas a promover la inclusión financiera en el marco de la estabilidad financiera;
e) Participar en la formulación de las estrategias del Sector en las negociaciones sobre comercio de servicios financieros;
f) Realizar el seguimiento, analizar y evaluar el funcionamiento de los mercados financieros;
g) Proponer y participar en la elaboración de normas en materia de los mercados financieros;
h) Emitir opinión técnica sobre propuestas normativas relacionadas con los mercados financieros; y,
i) Las demás funciones que le asigne el Director General de la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado.
4) Funciones de la Dirección de Mercado Previsional Privado
La Dirección de Mercado Previsional Privado tiene las siguientes funciones:
a) Formular, proponer, conducir y evaluar lineamientos y políticas públicas para la gestión de regímenes previsionales privados;
b) Formular, proponer, conducir y evaluar estrategias y medidas para ampliar la cobertura, mejorar la eficiencia, promover la transparencia y sostenibilidad de los regímenes previsionales privados existentes y los que se puedan crear;
c) Realizar el seguimiento, analizar y evaluar el funcionamiento y desempeño de los regímenes previsionales privados;
d) Emitir opinión técnica sobre propuestas normativas relacionadas con los regímenes previsionales privados;
e) Realizar el análisis económico y financiero de las medidas que se propongan relacionadas a los regímenes previsionales privados;
f) Proponer y participar en la elaboración de normas en materia de los regímenes previsionales privados;
g) Participar en la elaboración de la estrategia del Sector para el desarrollo de las negociaciones de los convenios y tratados internacionales que involucren los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución Política del Perú en seguridad social en materia de regímenes previsionales privados, en coordinación con los organismos competentes; y,
h) Las demás funciones que le asigne el Director General de la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado.